Por Oskar Vieitez Miercoles 27 de Enero, 2021 a las 10 21 del Miercoles 27 de Enero, 2021
Este martes por la noche el corriente Oficial de Galicia (DOG) ha publicado por la pieza el decreto asi como por otra la orden que fija las novedosas restricciones Con El Fin De las proximas tres semanas. Estaran en vigor desde las 00.00 horas del dia 27 de enero y inclusive el 17 sobre febrero.
La mayoria de estas medidas son bien conocidas sin embargo el DOG comprende una serie sobre novedades igual que la referida a los usuarios que viven en solitario. Pensando en ellas, la Xunta produce la “unidad de convivencia ampliada”, que les exime de la criterio que limita las reuniones a unicamente convivientes. Eso si, “cada unidad sobre convivencia puede integrar simplemente an una unica ser que viva sola”. Por ejemplo, puede ser el caso de un hijo emancipado o la abuela que vive sola.
Otra excepcion a esta criterio esta pensada en las menores sobre permanencia cuyos progenitores no conviven en el exacto domicilio.
El decreto tambien facilita “la reunion sobre usuarios con vinculo matrimonial o de pareja cuando todos estos vivan en domicilios variados”. Es decir, esas personas que esten casadas o sean pareja podran reunirse no obstante vivan en domicilios distintas.
Y se sigue facilitando la reunion de el cautela, la interes, la colaboracion o el cortejo a menores de 18 anos de vida, usuarios mayores o dependientes, con discapacidad o especialmente vulnerables.
Si bien la propuesta podria ser se opte por la mitin telematica, se continuan facilitando las reuniones por tareas laborales, institucionales, empresariales, profesionales, sindicales, sobre representacion de trabajadores y no ha transpirado administrativas, tareas en centros universitarios, educativos, de educacion desplazandolo hacia el pelo ocupacionales, “todo el tiempo que se adopten las medidas previstas en las correspondientes protocolos de funcionamiento”.
Estas son, con respecto a las medidas anunciadas por Nunez Feijoo el ayer lunes, las mayusculos novedades que desvela el DOG referente a estas novedosas restricciones.
Por lo otros, lo esperado. Como el cerradura perimetral de todos los ayuntamientos sobre Galicia, en los que no se podra entrar ni montar menos por causas justificadas. O el retoque de queda, que se mantiene fijado dentro de las 22 00 asi como las 06 00 horas.
La hosteleria, a partir sobre este miercoles, estara cerrada. Unicamente podran sustentar su ejercicio de asistencia a domicilio asi como, como extremo, inclusive las 00 00 horas.
Los comercios tendran que cerrar sus puertas a las 18 00 horas asi como tendran que acotar su aforo al cincuenta%. La excepcion seran los establecimientos esenciales como supermercados, tiendas sobre comida, farmacias, panaderias o gasolineras, que podran cerrar a las 21 30 horas.
Estas mismas limitaciones seran de los centros comerciales, que deberan cerrar ademas sabados, domingos y festivos.
Ademas cierran los gimnasios, piscinas o centros deportivos. En el caso sobre la actividad fisica al aire libre tendra que ser individual o con gente convivientes y no ha transpirado la mascarilla igualmente ocurre a ser vital, hasta para pasar en la calle.
Este cierre temporal se extiende, entre diferentes actividades, a los cines, teatros, auditorios, centros sociales, salones sobre juego, museos, bibliotecas o salas de conciertos
Por su parte, las autoescuelas, academias y centros sobre creacion no reglada podran continuar impartiendo clases presenciales, aunque con un aforo limitado al 50%; y los hoteles separado podran alojar a visitantes que se desplacen por causas justificadas.
FUMAR, CONSUMIR O BEBER EN LA por medio de PUBLICA
El escrito del DOG tambien indica que unico se podra beber, consumir o fumar en la a traves de publica, bajandose la mascarilla cuando la persona “lo efectue cese y afuera sobre los sitios habituales sobre circulacion sobre los viandantes, sobre tal forma que, consiguiendo en cuenta la concebible concurrencia de usuarios asi como las dimensiones del lugar pudiese garantizarse el manutencii?n, en al completo momento, sobre la distancia de dos metros con otras personas”.
VELATORIOS Asi Como ENTIERROS
Las velatorios podran realizarse en al completo tipo sobre instalaciones, publicas o privadas, debidamente habilitadas con un limite maximo, en cada momento, de cinco gente por tumulo, salvo convivientes, y quince seres en el exterior.
La participacion en la comitiva de el entierro o despedida para cremacion sobre la ser fallecida se restringe a un maximo sobre quince individuos nunca convivientes, dentro de parientes y allegados, ademas de, en su caso, el ministro sobre culto o alma asimilada sobre la confesion respectiva Con El Fin De la practica de las ritos funerarios de despedida del difunto.
Las servicios sobre hosteleria existentes en las establecimientos funerarios permaneceran cerrados al publico.
SITIOS sobre CULTO
El aforo maximo de las espacios destinados al culto debera publicarse en un punto visible sobre los mismos. No se podran realizar actuaciones de coros o agrupaciones vocales de canto. Nunca se permitira el manejo de agua bendita y las abluciones rituales deberan realizarse en hogar. Durante el crecimiento de estas reuniones o celebraciones se evitara el roce personal, palpar o besar objetos de devocion u otros objetos que habitualmente se manejen.